Ante la impunidad por crímenes del pasado reciente y la adaptación defectuosa de la normativa uruguaya a la convención internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas, Amnistía Internacional Uruguay presenta un informe al Comité de Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas el cual cuenta con las siguientes recomendaciones para las autoridades uruguayas:
• Adoptar de inmediato todas las medidas necesarias para llevar ante la justicia a todas las personas sospechosas de responsabilidad penal por crímenes de derecho internacional, incluidos los crímenes de lesa humanidad, sin importar la fecha en que fueron cometidos – habida cuenta de su carácter imprescriptible, tal como lo establece la Convención sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes Guerra y de Lesa Humanidad, en la que Uruguay es un Estado parte;
• Adoptar las medidas adecuadas, caso por caso, para resguardar la salud de las personas privadas de la libertad y a la vez, cumplir con los estándares internacionales con respecto a la obligación de investigar y sancionar efectivamente a las personas responsables por crímenes de lesa humanidad;
• Enmendar la Ley 18.026 de modo tal que la misma contemple las desapariciones que pudiesen ser cometidas por agentes no estatales, en consonancia con las exigencias del Artículo 3 de la Convención.